Triunfo del municipalismo: STJ del Chaco declara inconstitucional cierre de Juzgado Municipal en Puerto Vilelas

El fallo del STJ de la provincia del Chaco declarando inconstitucional la Ordenanza 2001/2022 del municipio de Puerto Vilelas representa un importante precedente en materia de autonomía municipal y respeto a la división de poderes.

La decisión judicial protege la independencia de los Juzgados Municipales de Faltas y garantiza el cumplimiento de las normativas locales vigentes.

La declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza 2001/2022 implica que el cierre del Juzgado Municipal de Faltas y la abrogación de las Ordenanzas de nombramientos de Juez, Secretario y el Código de Faltas no tienen efecto legal.

Esta resolución refuerza la importancia del respeto a la normativa vigente y a los principios constitucionales que rigen la organización del Estado.

El Dr. Aldo Cabaña, reconocido especialista en Derecho municipal, en su declaración, destaca la importancia de este fallo como un triunfo del municipalismo y la innovación en el derecho municipal.

La defensa de la autonomía de los municipios y el respeto a sus competencias son fundamentales para el funcionamiento democrático y equilibrado del sistema jurídico.

En resumen, el fallo del STJ de la provincia del Chaco representa un avance significativo en la protección de la autonomía municipal y en la defensa de la legalidad en el ámbito local.

 

 

Fuente: fmsolyluna.com.ar