Franco Ciucci aclaró que no existe una condena firme en su contra y que la resolución del Tribunal de Cuentas aún puede ser recurrida.

Tras las publicaciones difundidas en distintos medios de comunicación que hicieron referencia a un supuesto "fallo condenatorio" contra el Intendente de General Pinedo, Franco M. C. Ciucci aclaró que la resolución dictada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chaco corresponde a un juicio de cuentas de naturaleza administrativa y que, al no encontrarse firme, aún puede ser recurrida mediante las vías legales previstas por la normativa vigente.

Al ser consultado sobre la situación, el Jefe Comunal señaló que la resolución no constituye una sentencia judicial definitiva y que tanto él como el Municipio cuentan con recursos administrativos y judiciales para ejercer plenamente su derecho de defensa.

"Se trata de un juicio de cuentas al que todavía le restan instancias de revisión. Voy a defenderme en sede administrativa y judicial utilizando todos los recursos que la ley reconoce a cualquier ciudadano", expresó.

Según explicó, las observaciones formuladas por el organismo de control se vinculan con cuestiones de carácter administrativo relacionadas con la rendición de cuentas y no con la existencia de un faltante de fondos públicos. En ese sentido, sostuvo que durante todos estos años no se ha acreditado perjuicio patrimonial alguno para el Municipio.

Ciucci manifestó además que presentará la documentación y los argumentos necesarios para demostrar que las irregularidades señaladas no revisten la entidad atribuida en la resolución y reiteró que continuará ejerciendo las herramientas legales disponibles para revertir la medida.

Asimismo, remarcó que el expediente aún no cuenta con una resolución definitiva ni firme, por lo que consideró prematuro hablar de una condena. "Como todo ciudadano, me ampara el principio constitucional de inocencia hasta tanto exista una resolución definitiva firme y consentida", afirmó.

Desde el Municipio indicaron que el proceso continúa en trámite y que las actuaciones administrativas y judiciales pendientes serán las encargadas de determinar de manera definitiva la situación planteada por el Tribunal de Cuentas provincial.