La "China", con Cuerpo y sin cautela

La Sala de Feria de la Cámara Civil rechazó la cautelar presentada por María Eugenia "la China" Suárez tras la difusión de un supuesta conversación privada con Jazmín Salinas, mas conocida como "La Cuerpo". La pareja del futbolista Mauro Icardi afirmó que son "chats fabricados" y que se vulnera su intimidad, honor y reputación.

La actriz y modelo María Eugenia "la China" Suárez solicitó que se dicte una cautelar tras la difusión de una supuesta conversación privada con Jazmín Salinas, mas conocida como "La Cuerpo". Estos mensajes se filtraron en las redes sociales, en el medio de la polémica por los presuntos chats que la modelo trans habría mantenido con el jugador de fútbol Mauro Icardi.

La ex Casi Ángeles pidió que Salinas se abstenga de comunicarse a través de cualquier medio, y asimismo, de exhibir, divulgar, difundir imágenes, datos, informaciones y referencias sobre supuestas conversaciones privadas entre ambas.  La famosa actríz dijo que son "chats fabricados", que vulneraron "sus derechos fundamentales a la intimidad, honor y reputación, con riesgo de daño moral irreparable" y que ello también afectó a sus tres hijos.

La medida cautelar fue desestimada y la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, integrada por las juezas Liliana Abreut de Begher , Gabriela M. Scolarici y Paola M. Guisado, confirmó dicha decisión. En este sentido, las camaristas civiles destacaron "el carácter restrictivo con el que se la debe ponderar cuando se trata de restringir el ejercicio de otro derecho fundamental", en el caso, la libertad de expresión.

Sin embargo, el Tribunal resaltó que, en caso de que los dichos no sean veraces y afecten la reputación de "la China", la influencer y modelo trans podrá eventualmente ser pasible de responsabilidad ulterior.

"Cuando en forma abierta, indeterminada y general un juez impide que alguien se exprese, hable, publique o difunda sus ideas, opiniones o pareceres por cualquier medio, incluidos los de comunicación y las redes sociales, sobre una situación, persona o hecho, anticipando la posibilidad de que pueda ofender a otra con aseveraciones calumniosas o injuriosas, está cercenando la libertad de expresión aplicando una censura previa prohibida por los artículos  14 y 32 de la CN y 13 de la CADH (Ley 23.054), entre otros instrumentos centrales de nuestro orden
jurídico", explicaron las magistradas y recordaron que toda persona tiene "derecho a la libertad de expresión, cuyo ejercicio no puede estar sujeto a censura previa".

Sin embargo, el Tribunal resaltó que, en caso de que los dichos no sean veraces y afecten la reputación de “la China”, la influencer y modelo trans podrá eventualmente ser pasible de responsabilidad ulterior.