La Justicia Federal cerró la discusión por nulidades y ratificó la validez de la investigación

La Sala Única de Revisión Penal Federal de Resistencia declaró inadmisible la impugnación presentada por las defensas de varios imputados en una causa penal federal, ratificando la decisión del Juzgado de Garantías N°1 que había rechazado los planteos de nulidad formulados durante la etapa preliminar del proceso.

La resolución fue firmada el 12 de marzo de 2026 por el juez de Cámara Enrique Jorge Bosch, quien analizó el recurso interpuesto luego de la audiencia de saneamiento realizada el 20 de febrero pasado, donde las defensas habían cuestionado distintas actuaciones de la investigación.

Durante esa audiencia, los abogados defensores pusieron en duda la validez de diversas medidas investigativas, entre ellas requisas personales, secuestros de elementos, registros fílmicos y el manejo de evidencia digital, además de señalar supuestas irregularidades en la cadena de custodia de los objetos incautados. Según los planteos, esas actuaciones podrían haber vulnerado garantías constitucionales vinculadas al debido proceso y al derecho de defensa.

El Ministerio Público Fiscal rechazó esas acusaciones y sostuvo que todas las medidas se realizaron dentro del marco legal vigente, con las autorizaciones correspondientes y respetando los procedimientos establecidos.

En primera instancia, la jueza de Garantías consideró que no existía un perjuicio concreto ni violaciones a garantías constitucionales, por lo que rechazó los pedidos de nulidad. Frente a esa decisión, las defensas intentaron recurrir la resolución ante la Cámara Federal.

Al analizar el planteo, el juez Bosch explicó que el Código Procesal Penal Federal establece un sistema taxativo de impugnaciones, es decir, sólo pueden apelarse aquellas resoluciones que la ley prevé expresamente. En ese marco, el rechazo de nulidades durante una audiencia de saneamiento no se encuentra entre las decisiones recurribles, por lo que el recurso presentado por las defensas no supera el examen de admisibilidad.

El magistrado también remarcó que no se advierte un perjuicio irreparable que justifique habilitar una revisión excepcional, y que las cuestiones planteadas podrán ser discutidas en etapas posteriores del proceso, particularmente durante el juicio, cuando se analice la admisibilidad y el valor de las pruebas.

De esta manera, la Cámara resolvió declarar mal concedida la impugnación presentada por las defensas de los imputados, entre ellos Gustavo Andrés Quizama, Néstor Ariel Urne Canteros, Juan Nicolás Almirón Núñez, Gustavo Jesús Acosta, Franco Andrés Ramírez y Rubén Héctor Alegre, quedando firme la resolución adoptada por el juzgado de garantías