El fallo declara inválida la resolución que había dejado desiertos concursos para fiscales. La Justicia ordenó dictar un nuevo acto debidamente fundamentado.
En una sentencia de fuerte impacto institucional, la Justicia de Presidencia Roque Sáenz Peña resolvió hacer lugar a una acción de amparo presentada por tres postulantes y declaró la nulidad de la decisión del Consejo de la Magistratura del Chaco que había dejado desiertos concursos para cargos de fiscales.
El fallo, dictado el 29 de abril de 2026, analizó la legalidad del Acta N° 1302 mediante la cual el organismo había dispuesto no avanzar con las designaciones y convocar a un nuevo concurso.
Los accionantes —Cristian Ignacio Arana, Geraldine Solange Dilchoff Kesque y Tatiana Nuria Mañak— cuestionaron la medida al considerar que carecía de fundamentos válidos, pese a haber alcanzado el “nivel de excelencia” en el proceso de selección.
La resolución judicial concluyó que el acto administrativo presentaba serias deficiencias en su motivación, un requisito esencial para la validez de este tipo de decisiones. En ese sentido, remarcó que las razones esgrimidas —basadas en mandatos o criterios externos— no resultaban suficientes ni adecuadamente explicitadas dentro del expediente.
Asimismo, el fallo dejó en claro que, si bien el Consejo de la Magistratura posee facultades discrecionales en la selección de candidatos, estas no son absolutas y deben ejercerse dentro de los límites de la legalidad, la razonabilidad y el debido proceso.
Cabe recordar que, en el marco de la acordada que dio origen al conflicto, los consejeros Dr. Víctor Del Río y el representante de los magistrados Dr. Bosch, junto al consejero Guillón, se opusieron a declarar desierto el concurso, advirtiendo que una decisión de ese tenor que calificaron como caprichosa y antojadiza por parte de los consejeros de la abogacía y del oficialismo provincial terminaría inevitablemente en una judicialización del proceso, tal como finalmente ocurrió.
Como consecuencia, la Justicia ordenó dejar sin efecto la declaración de concursos desiertos y dispuso que el organismo dicte un nuevo acto administrativo, con una integración adecuada y debidamente fundamentado, respetando los principios constitucionales.
El caso reabre el debate sobre los criterios de selección en la magistratura y los límites del poder discrecional de los órganos encargados de designar funcionarios judiciales en la provincia.