Un fallo que perjudicaría a Marcela Acuña y a Emerenciano Sena en el caso de que la Justica los inculpe como encubridores

El Equipo Fiscal Especial mantiene la hipótesis que lleva a pedir la elevación a juicio de César Sena como autor del delito de “homicidio triplemente agravado por el vínculo, por femicidio y por el concurso premeditado de dos o más personas”. En tanto que sus padres, lo están en calidad de coautores, también en concurso premeditado de dos o más personas.

El día 29 de octubre de 2023 el portal Litigio publica una nota realizada al Fiscal Cáceres Olivera donde manifestó que se podría llevar a un juicio abreviado a los encubridores y en el desarrollo de dicha nota se le pregunta (Sic)

Litigio - ¿Podría modificarse la imputación de Emerenciano y Marcela antes del juicio? ¿Que pasen de coautores del crimen a encubridores, figura que en teoría los dejaría en libertad?

Fiscal - Por parte de la fiscalía no habrá modificaciones. Habría que ver si al momento de requerirse (las defensas) se oponen, y si la Cámara de Apelaciones o el Juzgado de Garantías consideran que debe haber un cambio de calificación. Si lo cambia a encubridores, quedarían exentos de responsabilidad.

.A su vez el portal Chaco diapordia accedió a la declaración de Emerenciano donde manifestó: “Yo quiero que quede claro que si mi esposa se va a morir en su celda yo también me quiero morir en mi celda, no por voluntad propia sino por culpa de la fiscalía, o complot del IMF”, afirmó Sena, al tiempo que pidió su libertad, “porque en la causa no hay ni una prueba en mi contra, y es de conocimiento que a un padre no se lo puede condenar por lo que supuestamente hizo su hijo”.

¿A qué se refirió Sena con esta última afirmación? El inciso 4° del artículo 277 del Código Penal establece que “están exentos de responsabilidad criminal los que hubieren obrado en favor del cónyuge, de un pariente cuyo vínculo no excediere del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o de un amigo íntimo o persona a la que se debiese especial gratitud”.

Pero se caería la posibilidad de evadir la prisión como manifestara Emerenciano por el nuevo fallo de La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Campana donde se apeló a la Convención de Belem do Pará, que establece condenar todas las formas de violencia hacia la mujer.

La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Campana confirmó que los padres de un joven acusado de asesinar, desmembrar y calcinar a su pareja María Alejandra Abbondanza en septiembre de 2022 en esa ciudad bonaerense, también sean sometidos a juicio oral como coautores del femicidio, aunque de manera alternativa sean acusados de "encubrimiento".

Los jueces Mariano Magaz, María PiaLeiro y Humberto Bottini hicieron lugar al planteo de la fiscal del caso, Ana Laura Brizuela, para que además de Agustín Leonel Chiminelli (25), juzgado como autor material del hecho, también estén sentados en el banquillo de los acusados sus padres Rubén Chiminelli (70) y Liliana Ester Sánchez (66), quienes actualmente se encuentran en libertad por falta de mérito pero sometidos al proceso penal.

Si bien el Código Penal exime de responsabilidad a progenitores que incurran en el "encubrimiento" de un hijo para ocultar un delito, la fiscal Brizuela invocó la Convención de Belem do Pará, a la que suscribió el Estado argentino, que establece "condenar todas las formas de violencia contra la mujer y asumir el compromiso de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer".

Esto fue confirmado por el juez de garantías Julio Andrés Grassi y ahora la apelación de la defensa de los imputados fue rechazada por la Cámara.

Un fallo que sirve de jurisprudencia puesto que el caso analizado tiene ribetes similares al que se debe Juzgar en Chaco

 

Con Información de Litigio, Chacodiapordia