Educación en Chaco: 79 pagos por obras que nunca se hicieron y un perjuicio que hoy supera los $466 millones

Un decreto firmado por el gobernador Leandro Zdero expuso la dimensión de una maniobra de fraude contra la Administración Pública que involucró documentación falsificada, expedientes inexistentes y trabajos de refacción escolar que jamás se realizaron. La investigación administrativa identificó 79 órdenes de pago, mientras que uno de los agentes fue condenado por un total de 90 hechos. Los $5,2 millones del perjuicio original representan, a valores cambiarios actuales, más de $466 millones.


La corrupción en la administración de los recursos destinados a las escuelas chaqueñas quedó nuevamente expuesta a través del Decreto N.º 1966/2026, firmado el 27 de agosto por el gobernador Leandro Zdero.

El instrumento administrativo no solamente dispuso la exoneración de un agente del Ministerio de Educación, sino que reconstruyó una operatoria de fraude que acumuló decenas de hechos, pagos irregulares y documentación apócrifa.

Los números son contundentes: 79 órdenes de pago por supuestas refacciones, mantenimiento, limpieza, desmalezamiento e instalaciones eléctricas y sanitarias que nunca se ejecutaron, y hasta 90 hechos delictivos atribuidos a uno de los agentes involucrados.

El decreto identifica a cuatro empleados de la cartera educativa: Ubaldo Fabián Núñez, María Isabel Torres, Alcides Arístides Bernal y Mauro Ariel Kalbermatten. Los tres primeros tenían funciones vinculadas con la administración, contrataciones y contabilidad, mientras que Kalbermatten se desempeñaba en el área de Compras.

Escuelas que desconocieron las obras y las firmas

Uno de los aspectos más graves de la investigación surge de las declaraciones de directivos escolares que desconocieron las firmas y los sellos utilizados para justificar los supuestos trabajos.

En establecimientos de El Sauzalito, El Sauzal, Miraflores y otras localidades, las autoridades manifestaron que las refacciones consignadas en la documentación no habían sido realizadas.

El director de la Escuela N.º 961, José Luis Ladousse, incluso aseguró que la institución nunca recibió las reparaciones facturadas y que los arreglos necesarios debieron afrontarse con ayuda de la comunidad educativa, padrinos de la escuela y la Municipalidad de Miraflores.

Según consta en el decreto, el directivo manifestó que el monto falsamente invertido equivalía a cinco meses del presupuesto del comedor escolar.

La pericia caligráfica también fue determinante: concluyó que las firmas atribuidas al entonces subsecretario de Infraestructura Escolar, César Gabriel Lemos, no le pertenecían y que los sellos utilizados no coincidían con las matrices oficiales.

Un circuito paralelo para habilitar pagos

La investigación administrativa reconstruyó un mecanismo que reemplazó los procedimientos legales de contratación por un circuito paralelo.

Los expedientes que justificaban las erogaciones no figuraban en el sistema informático oficial del Ministerio de Educación. Sin embargo, se generaban órdenes de compra y pago mediante el Sistema de Administración Financiera y Control (SAFyC), utilizando claves funcionales de los agentes involucrados para dar apariencia de legalidad a operaciones irregulares.

El decreto también describe vínculos familiares entre agentes y proveedores, además de la presentación de presupuestos, facturas y actas de conformidad con firmas y sellos falsificados.

79 y 90 hechos: las condenas penales

La dimensión judicial del caso quedó reflejada en la Sentencia N.º 148/2025, dictada el 27 de junio de 2025 por la Cámara Tercera en lo Criminal.

De acuerdo con el Decreto 1966/2026, Alcides Arístides Bernal recibió dos años de prisión condicional por fraude contra la Administración Pública, en relación con 79 hechos, además de violación de los deberes de funcionario público.

Por su parte, Mauro Ariel Kalbermatten fue condenado a tres años de prisión condicional por falsificación y uso de instrumento público falso y fraude contra la Administración Pública. El decreto le atribuye un total de 90 hechos: 79 vinculados a la operatoria de las obras escolares y otros 11 relacionados con fraude y uso de documentación pública falsa.

La resolución también refiere a las condenas de Ubaldo Fabián Núñez y María Isabel Torres, con penas de dos años de prisión condicional.

De $5,2 millones a más de $466 millones: cuánto representa hoy el perjuicio

Uno de los datos que merece especial atención es el perjuicio económico reconocido en el propio decreto.

El documento establece que el daño inicial ocasionado al erario público ascendió a $5.243.717, correspondiente a las erogaciones realizadas mediante expedientes paralelos y documentación apócrifa para trabajos escolares que nunca se concretaron.

Tomando como referencia la cotización vendedora del dólar del Banco Nación del 14 de diciembre de 2017, fecha señalada para los pagos, cuando la divisa cotizaba a $17,65, el monto representaba aproximadamente US$297.094.

Pero la dimensión económica cambia cuando se traslada esa equivalencia a valores cambiarios actuales.

Con una cotización de $1.570 por dólar, correspondiente al cierre del 6 de noviembre de 2026, aquellos dólares representan aproximadamente:

$466.438.283.

Es decir, más de 466 millones de pesos a la cotización actual.

La aclaración es importante: se trata de una equivalencia cambiaria del perjuicio histórico, no de una liquidación judicial de la deuda ni del monto definitivo que debe recuperarse. El propio decreto ordena actualizar los valores mediante índices financieros y tasas de interés, y establece la responsabilidad solidaria de los cuatro involucrados.

Además, autoriza la intervención de la Fiscalía de Estado para promover las acciones judiciales destinadas al resarcimiento del daño patrimonial.

La exoneración y una pregunta pendiente

El Decreto 1966/2026 dispuso la exoneración de Mauro Ariel Kalbermatten. En cuanto a Núñez, Torres y Bernal, ordenó registrar en sus legajos personales la sanción expulsiva que les habría correspondido de continuar en actividad, debido a su condición de pasivos.

La decisión administrativa cierra una instancia disciplinaria, pero deja planteada una cuestión fundamental: recuperar el dinero público y determinar si el perjuicio económico será efectivamente resarcido.

Porque detrás de las 79 órdenes de pago no había solamente expedientes irregulares. Había escuelas que necesitaban reparaciones, comunidades educativas que tuvieron que buscar recursos propios y fondos públicos que terminaron destinados a trabajos que nunca se realizaron.

La pregunta que queda abierta es cuánto de esos recursos logrará recuperar finalmente el Estado chaqueño y qué responsabilidades patrimoniales se harán efectivas.