Mediante el Decreto N.º 2556/2026, el Gobierno del Chaco dispuso la finalización anticipada del contrato que desde 2010 permitía a la Fundación Valdocco utilizar gratuitamente un inmueble en Colonia San Eduardo, jurisdicción de General Vedia. La decisión se fundamenta en la clausura definitiva de su establecimiento educativo, la inhabilitación de la entidad para prestar servicios educativos en la provincia y el traslado de los niños y adolescentes que permanecían alojados en el lugar. El Ejecutivo intimará a la fundación a desocupar y restituir el predio en un plazo de 90 días corridos.
El gobernador Leandro Zdero firmó el Decreto N.º 2556/2026, mediante el cual puso fin al comodato que desde el 16 de febrero de 2010 vinculaba al Estado provincial con la Fundación Valdocco por un inmueble ubicado en Colonia San Eduardo, jurisdicción de General Vedia, departamento Bermejo.
La propiedad, inscripta bajo la Matrícula N.º 737 del Departamento Bermejo, había sido cedida gratuitamente por la Provincia para el funcionamiento de un hogar y casa terapéutica destinado a brindar asistencia e integración a personas en situación de vulnerabilidad de la zona.
Ahora, el Ejecutivo considera que las condiciones que justificaron aquella cesión dejaron de existir y ordenó avanzar con la recuperación del inmueble público.
La clausura de la escuela y la inhabilitación de la fundación
Entre los antecedentes centrales del decreto figura la Resolución Ministerial N.º 4900/2025, por la cual el Ministerio de Educación dispuso la clausura definitiva de la U.E.G.P. N.º 144, denominada Centro Educativo, Cultural y Deportivo Padre Severiano, cuya titularidad ejercía la Fundación Valdocco.
La resolución también estableció la desafectación total de su Planta Orgánica Funcional, la reubicación de sus alumnos dentro del sistema educativo provincial y la inhabilitación permanente de la fundación y de su representante legal para prestar, gestionar o representar servicios educativos en el Chaco.
El decreto aclara que, aunque el contrato de comodato identificaba el inmueble haciendo referencia a la antigua Escuela de Educación General Básica N.º 432 Prilidiano Pueyrredón, los antecedentes administrativos establecieron que allí funcionaban la sede institucional y las actividades pedagógicas de la U.E.G.P. N.º 144.
Para el Gobierno, la escuela, la función residencial y el dispositivo asistencial-terapéutico integraban una única estructura institucional y operativa conducida por la fundación. Por eso, sostiene que la clausura educativa y la interrupción de las actividades asistenciales alteraron de manera sustancial las condiciones originales del contrato.
El traslado de los niños y adolescentes
Otro de los fundamentos invocados por el Ejecutivo es el traslado de la totalidad de los niños y adolescentes alojados en el establecimiento hacia su centro de origen en Misión Nueva Pompeya.
Según el decreto, el traslado se concretó el 18 de mayo de 2026, en el marco de medidas de protección de derechos y audiencias de control de legalidad articuladas por el Ministerio de Desarrollo Humano ante los tribunales.
La administración provincial interpreta que, una vez retirada la población asistida y desarticulada la estructura operativa que justificaba el comodato, desapareció la finalidad específica que había motivado la entrega gratuita del inmueble.
Sobre esa base, el Gobierno resolvió extinguir anticipadamente el contrato y recuperar la posesión del bien estatal.
El Superior Tribunal de Justicia ya había intervenido
El instrumento también menciona el recorrido judicial de la Fundación Valdocco contra los actos administrativos que dispusieron la clausura.
De acuerdo con los considerandos, las acciones promovidas por la entidad terminaron con el rechazo dispuesto mediante la Sentencia N.º 1/26 de la Cámara de Apelaciones Multifueros, pronunciamiento que luego fue ratificado por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco a través de la Sentencia N.º 245/26.
El decreto señala que esos fallos confirmaron la validez de la actuación administrativa provincial.
Sin embargo, hace una aclaración jurídica expresa: la extinción del comodato no se dispone por una orden directa del Superior Tribunal de Justicia, sino por las facultades del Estado como propietario y parte del contrato, ante la frustración de la finalidad que justificó la cesión.
También sostiene que la presentación de recursos extraordinarios ante la Justicia federal no suspende, por sí misma, la vigencia ni la presunción de legitimidad del acto administrativo de clausura.
Noventa días para devolver el inmueble
El artículo 2.º del decreto instruye al Ministerio de Educación a intimar formalmente a la Fundación Valdocco para que desocupe y restituya el inmueble y retire los bienes de su propiedad que permanezcan en el lugar.
El plazo establecido es de 90 días corridos desde la notificación del decreto. La norma lo califica como perentorio e improrrogable y advierte que, ante el incumplimiento, podrá avanzarse con el desalojo por la vía legal correspondiente y el recupero de la posesión.
Además, el Ministerio quedó facultado para adoptar las medidas necesarias para tomar posesión del predio y garantizar su resguardo.
La recuperación de un bien público
Con esta decisión, la gestión de Zdero cierra formalmente el vínculo contractual iniciado en 2010 y pone en marcha el procedimiento administrativo para recuperar el inmueble provincial.
El decreto fundamenta la medida en la desaparición de las condiciones que justificaron la cesión gratuita, la clausura definitiva del establecimiento educativo y el cese de las actividades residenciales y asistenciales que se desarrollaban en el predio.
El próximo paso será la notificación a la fundación y el cumplimiento del plazo de restitución. El destino que tendrá el inmueble una vez recuperado por la Provincia no fue precisado en este instrumento.